Facturación electrónica en España

Juan Moliner Cofundador y CEO

El 29 de septiembre de 2022 se publicó en España la “Ley Crea y Crece” (Disposición 15818 del BOE núm. 234 de 2022). Según esta ley, todas las empresas españolas estarán obligadas a emitir facturas electrónicas en sus relaciones B2B.

¿Qué es la facturación electrónica?

Una factura electrónica es un documento con la misma validez que una factura en papel, pero que se emite y recibe por vía electrónica. No existe un formato universal de facturación electrónica y, aunque hay algunos protocolos internacionales como EDIFact o PEPPOL, la mayoría de los países que la han implantado han definido su propia estructura basada en el formato XML.

Además, algunos países han aprovechado las ventajas de la facturación electrónica para incorporar requisitos adicionales, como la firma digital o el “sellado” ante la agencia tributaria correspondiente. Junto con la facturación electrónica, los países suelen definir portales o canales para el envío automatizado de las facturas electrónicas de cada empresa. En España, la facturación electrónica es obligatoria desde 2015 para todos los proveedores de la Administración Pública (B2G) cuyas facturas superen los 5.000 €. Con la nueva ley, pasará a ser obligatoria para todas las facturas B2B. No obstante, España todavía no ha definido el formato concreto que exigirá para las facturas B2B.

¿Qué plazos contempla la ley?

La ley establece tres plazos futuros:

  • Desarrollo reglamentario: el Gobierno dispone de un máximo de 6 meses desde la publicación en el BOE para aprobar el desarrollo reglamentario, en el que definirá las especificaciones técnicas de la facturación electrónica (febrero de 2023 como máximo).
  • 1.ª fecha de adopción: las empresas y autónomos con una facturación anual superior a 8 M€ estarán obligados a aplicar esta medida un año después de la aprobación del desarrollo reglamentario (febrero de 2024 como máximo).
  • 2.ª fecha de adopción: el resto de empresas y autónomos, es decir, aquellos con una facturación anual inferior a 8 millones de euros, deberán aplicar esta medida dos años después de la aprobación del desarrollo reglamentario (febrero de 2025 como máximo).

¿Qué puedo hacer para prepararme?

Previsiblemente, todos los países terminarán incorporando algún nivel de obligatoriedad de la facturación electrónica en las relaciones comerciales B2B y, a más largo plazo, también en B2C. En Invopop hemos creado una plataforma para automatizar y escalar la generación, gestión, archivo y configuración de facturas y facturas electrónicas. Ponte en contacto con nosotros y descubre cómo podemos ayudarte a prepararte para este cambio. ¡Escríbenos para saber más!